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	<title>Comentarios en: Enlaces P2P, aseguramiento de prueba y discos duros</title>
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	<description>Proyecto colaborativo de Derecho y Nuevas TecnologÃ­as</description>
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		<title>Por: Discos Diamantados</title>
		<link>http://derechoenred.es/blog/propiedad-intelectual/enlaces-p2p-aseguramiento-de-prueba-y-discos-duros/comment-page-1#comment-1385</link>
		<dc:creator>Discos Diamantados</dc:creator>
		<pubDate>Wed, 04 Aug 2010 04:48:54 +0000</pubDate>
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		<description>Acabas de resolver todas mis dudas con el articulo y me has dado un buen idea para mi pr&#243;ximo post.
	
	Gracias por compartir la informaci&#243;n, espero leer mas de sus posts en el futuro, saludos.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Acabas de resolver todas mis dudas con el articulo y me has dado un buen idea para mi pr&oacute;ximo post.</p>
<p>	Gracias por compartir la informaci&oacute;n, espero leer mas de sus posts en el futuro, saludos.</p>
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		<title>Por: rpinuaga</title>
		<link>http://derechoenred.es/blog/propiedad-intelectual/enlaces-p2p-aseguramiento-de-prueba-y-discos-duros/comment-page-1#comment-115</link>
		<dc:creator>rpinuaga</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Dec 2009 16:29:49 +0000</pubDate>
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		<description>Si efectivamente, a lo que me referia es que no hay que descartar que en el disco duro del usuario pueda estar la informacion de las descargas realizadas. 

Aunque solo en el caso de que tenga instalado el mismo el servidor de busquedas. Cosa poco comun, pero que a veces sucede.

Tanto el KAD de emule, como el DHT de BitTorrent, evitan que exista un servidor central y por tanto que queden logs centralizados de las descargas realizadas. Aunque estos protocolos no son perfectos y tienen debilidades que podrian ser utilizadas para obtener parte de esa informacion, aunque con esto ya estariamos yendonos un poco del asunto... :)

Un saludo, y felicidades por la pagina por cierto</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Si efectivamente, a lo que me referia es que no hay que descartar que en el disco duro del usuario pueda estar la informacion de las descargas realizadas. </p>
<p>Aunque solo en el caso de que tenga instalado el mismo el servidor de busquedas. Cosa poco comun, pero que a veces sucede.</p>
<p>Tanto el KAD de emule, como el DHT de BitTorrent, evitan que exista un servidor central y por tanto que queden logs centralizados de las descargas realizadas. Aunque estos protocolos no son perfectos y tienen debilidades que podrian ser utilizadas para obtener parte de esa informacion, aunque con esto ya estariamos yendonos un poco del asunto&#8230; <img src='http://derechoenred.es/blog/wp-includes/images/smilies/icon_smile.gif' alt=':)' class='wp-smiley' /> </p>
<p>Un saludo, y felicidades por la pagina por cierto</p>
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	</item>
	<item>
		<title>Por: Cirne</title>
		<link>http://derechoenred.es/blog/propiedad-intelectual/enlaces-p2p-aseguramiento-de-prueba-y-discos-duros/comment-page-1#comment-114</link>
		<dc:creator>Cirne</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Dec 2009 14:24:13 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://derechoenred.es/blog/?p=92#comment-114</guid>
		<description>Yo estoy de acuerdo en que los Autores cobren, pero no tanto, tantos y tanto tiempo.

Las compañí­as de derechos de autores, con sus campañas tan extremas, (no han tenido suficiente con el canon, sino que han perseguido, ayuntamientos, autobuses, taxistas, peluqueros, bares, etc.), han conseguido que una cosa que pasaba inadvertida, uniese a la Red.

Creo que ha llegado el momento de actuar, y a través de la Red forzar al Parlamento a modificar la Ley de la Propiedad Intelectual, principalmente en dos puntos:

1Âº.- El tiempo de protección, en la actualidad es de 70 años después de la muerte del Autor, esto es un abuso flagrante.

Si tomamos por ejemplo los plazos de protección de la Ley del Medicamento, esta ley da un tiempo de protección a los fármacos de diez (ocho) años después de la fecha de registro, y a partir de este tiempo son públicos y se pueden fabricar genéricos, lo que ha permitido rebajar sensiblemente su coste. No creo que los cientí­ficos que crearon el medicamento, sean diferentes que un autor. 

Mi propuesta estarí­a en igualar a diez años las dos leyes.

2Âº.- Que solamente tengan la protección de la Ley los Autores, es decir.

En el caso de canciones, el compositor de la melodí­a original y el letrista de los versos originales. No los interpretes de estas canciones, que en realidad son copias del original.

En el caso de libros el autor de la obra original. No los traductores, adaptadores.

En el caso de pelí­culas o series:

Si están basados en libros, el autor de la obra original.

Si son guiones que no están basados en libros originales, los guionistas y nadie más, Los productores, directores, actores, son solamente instrumentos necesarios para producir un producto, al igual que los arquitectos, aparejadores, albañiles, carpinteros, lampistas y pintores, lo son para construir una casa.


3Âº.- Que la gestión de estos derechos fuese administrada por un Organismo Público, con sus gastos a cargo de los beneficiarios de estos derechos, es decir los autores.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Yo estoy de acuerdo en que los Autores cobren, pero no tanto, tantos y tanto tiempo.</p>
<p>Las compañí­as de derechos de autores, con sus campañas tan extremas, (no han tenido suficiente con el canon, sino que han perseguido, ayuntamientos, autobuses, taxistas, peluqueros, bares, etc.), han conseguido que una cosa que pasaba inadvertida, uniese a la Red.</p>
<p>Creo que ha llegado el momento de actuar, y a través de la Red forzar al Parlamento a modificar la Ley de la Propiedad Intelectual, principalmente en dos puntos:</p>
<p>1Âº.- El tiempo de protección, en la actualidad es de 70 años después de la muerte del Autor, esto es un abuso flagrante.</p>
<p>Si tomamos por ejemplo los plazos de protección de la Ley del Medicamento, esta ley da un tiempo de protección a los fármacos de diez (ocho) años después de la fecha de registro, y a partir de este tiempo son públicos y se pueden fabricar genéricos, lo que ha permitido rebajar sensiblemente su coste. No creo que los cientí­ficos que crearon el medicamento, sean diferentes que un autor. </p>
<p>Mi propuesta estarí­a en igualar a diez años las dos leyes.</p>
<p>2Âº.- Que solamente tengan la protección de la Ley los Autores, es decir.</p>
<p>En el caso de canciones, el compositor de la melodí­a original y el letrista de los versos originales. No los interpretes de estas canciones, que en realidad son copias del original.</p>
<p>En el caso de libros el autor de la obra original. No los traductores, adaptadores.</p>
<p>En el caso de pelí­culas o series:</p>
<p>Si están basados en libros, el autor de la obra original.</p>
<p>Si son guiones que no están basados en libros originales, los guionistas y nadie más, Los productores, directores, actores, son solamente instrumentos necesarios para producir un producto, al igual que los arquitectos, aparejadores, albañiles, carpinteros, lampistas y pintores, lo son para construir una casa.</p>
<p>3Âº.- Que la gestión de estos derechos fuese administrada por un Organismo Público, con sus gastos a cargo de los beneficiarios de estos derechos, es decir los autores.</p>
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	<item>
		<title>Por: derechoenred</title>
		<link>http://derechoenred.es/blog/propiedad-intelectual/enlaces-p2p-aseguramiento-de-prueba-y-discos-duros/comment-page-1#comment-113</link>
		<dc:creator>derechoenred</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Dec 2009 13:28:33 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://derechoenred.es/blog/?p=92#comment-113</guid>
		<description>Hola rpinuaga,

en esta ocasión nos referimos al carácter descentralizado (en mayor o menor medida) en referencia a los discos duros objeto del aseguramiento (los que el titular de la página web puede tener en su casa) y no a la posible información que tenga el servidor en sí­. Que un usuario haya utilizado un determinado ordenador para crear la página web o acceder a la misma no implica que en éste existan datos respecto a los archivos compartidos.

Respecto a la información existente en servidores, el propio enlace que mencionas habla del método DHT, en el cual se da un paso más hacia la descentralización del sistema.

Un saludo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Hola rpinuaga,</p>
<p>en esta ocasión nos referimos al carácter descentralizado (en mayor o menor medida) en referencia a los discos duros objeto del aseguramiento (los que el titular de la página web puede tener en su casa) y no a la posible información que tenga el servidor en sí­. Que un usuario haya utilizado un determinado ordenador para crear la página web o acceder a la misma no implica que en éste existan datos respecto a los archivos compartidos.</p>
<p>Respecto a la información existente en servidores, el propio enlace que mencionas habla del método DHT, en el cual se da un paso más hacia la descentralización del sistema.</p>
<p>Un saludo</p>
]]></content:encoded>
	</item>
	<item>
		<title>Por: rpinuaga</title>
		<link>http://derechoenred.es/blog/propiedad-intelectual/enlaces-p2p-aseguramiento-de-prueba-y-discos-duros/comment-page-1#comment-112</link>
		<dc:creator>rpinuaga</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 11 Dec 2009 12:49:09 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://derechoenred.es/blog/?p=92#comment-112</guid>
		<description>Es un malentendido comun pensar que las redes P2P trabajan de forma totalmente descentralizada.

Aunque la mayoria pueden funcionar de forma descentralizada, por cuestiones de eficiencia la mayoria de clientes P2P acaban utilizando algun tipo de servidor o servidores centralizados.

En el caso de Emule, la famosa pestaña de &quot;servidores&quot;.

En el caso de BitTorrent, los &quot;servidores de busqueda&quot; que van especificados en el fichero .torrent, como viene detallado aqui:

http://es.wikipedia.org/wiki/BitTorrent_(protocolo)

Es tecnicamente posible por tanto extraer de estos servidores datos estadisticos del numero de descargas realizadas. Aunque como todo a nivel &quot;binario&quot; es facilmente ocultable y/o manipulable.

Un saludo</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Es un malentendido comun pensar que las redes P2P trabajan de forma totalmente descentralizada.</p>
<p>Aunque la mayoria pueden funcionar de forma descentralizada, por cuestiones de eficiencia la mayoria de clientes P2P acaban utilizando algun tipo de servidor o servidores centralizados.</p>
<p>En el caso de Emule, la famosa pestaña de &#8220;servidores&#8221;.</p>
<p>En el caso de BitTorrent, los &#8220;servidores de busqueda&#8221; que van especificados en el fichero .torrent, como viene detallado aqui:</p>
<p><a href="http://es.wikipedia.org/wiki/BitTorrent_(protocolo)" rel="nofollow">http://es.wikipedia.org/wiki/BitTorrent_(protocolo)</a></p>
<p>Es tecnicamente posible por tanto extraer de estos servidores datos estadisticos del numero de descargas realizadas. Aunque como todo a nivel &#8220;binario&#8221; es facilmente ocultable y/o manipulable.</p>
<p>Un saludo</p>
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